Inscripción

Matriculación e Inscripción
3.1 Cada IS establecerá el procedimiento para el trámite de matriculación de las y los aspirantes pudiendo definir mecanismos presenciales y/o virtuales para el inicio del proceso. En las Instituciones de Nivel Superior dependientes de la DGCyE que cuentan con matrícula en Contextos de Encierro, los procesos estarán reglamentados por lo indicado en la Resolución 4222/23, Marco normativo para las instituciones educativas en contextos de encierro – Anexo III: Trayectorias educativas en contextos de encierro:
Institucionalización del circuito de matriculación.

3.2 Los requisitos para la matriculación en los IS dependientes de la DGCyE de la Provincia de Buenos Aires son:
  • ● Haber aprobado el nivel secundario en cualquiera de sus modalidades al momento del trámite de matriculación.
  • ● Cumplir con las condiciones establecidas en el Artículo 342 de la Ley de Educación Provincial N°13.688. Cada Dirección de nivel o modalidad establecerá las pautas para la solicitud.
  • ● En el caso de las carreras de formación docente no podrá ingresar quien esté contemplado en el artículo 95 de la Ley de Educación de la Provincia de Buenos Aires
3.3 Los requisitos administrativos para la matriculación son:
  • Presentar la siguiente documentación al momento de realizar el trámite de matriculación:
  • ➔ Original y copia DNI. En caso de no poseer DNI, la institución deberá orientar y acompañar a las y los estudiantes en la
  • tramitación de dicho documento.
  • ➔ Original y copia de la certificación de título de educación secundaria o constancia provisoria original de finalización de
  • estudios.
  • ➔ Las y los estudiantes que hayan aprobado los estudios de nivel secundario en el exterior, deberán realizar el trámite de convalidación del título secundario según las normativas vigentes
  • ➔ Cuando corresponda, haber cumplido las pautas para el ingreso de mayores de 25 años, y contar con el Acta que
  • habilite el ingreso al establecimiento.
  • ➔ Solicitud de inscripción para el Nivel Superior: Formulario de la DGCyE

3.4 . Las y los estudiantes deberán cumplimentar exámenes médicos clínicos, psicológicos, fonoaudiológicos y odontológicos, durante la trayectoria estudiantil como instrumento de promoción y acceso al derecho a la salud que en ningún caso serán requisito para la inscripción y/o matriculación. Las instituciones, distritos y regiones educativas podrán organizar y/o coordinar acciones junto con las regiones sanitarias a los fines de facilitar el acceso a la salud. En aquellas carreras de la familia de salud y en las que se realizan actividades físicas, se deberán cumplimentar los estudios específicos antes del inicio de las mismas.

3.5. La inscripción se refiere al trámite administrativo para cursar unidades curriculares y para participar de las instancias de acreditación con evaluación final en los períodos establecidos en el calendario académico para el nivel Superior. Las y los estudiantes podrán inscribirse para cursar unidades curriculares (UC) en carácter de regular en las fechas que determine el calendario académico, independientemente del tiempo transcurrido desde su última inscripción sin que medien trámites de reincorporación. Las o los estudiantes pueden cursar una UC de su misma carrera en cualquier horario que el Instituto ofrezca o en otra carrera con igual carga horaria, denominación de la unidad curricular y contenidos según diseño curricular siempre que haya disponibilidad de espacio físico.