Modalidad alumno ITINERANTE

Condiciones para la implementación de la/el estudiante itinerante en los Institutos
Superiores de Formación Docente (ISFD) y Formación Docente y Técnica (ISFDyT), Institutos
Superiores de Formación Técnica (ISFT) e Instituciones Superiores de Formación Artística
Docente y Técnica; de gestiones estatal y privada de la Provincia de Buenos Aires.

Consideraciones generales

  1. La o el estudiante itinerante es quien cursa como estudiante regular en un IS dependiente
    de la DGCyE y, al mismo tiempo, cursa una o más unidades curriculares en otro IS de la
    jurisdicción en la que no se encuentra matriculada o matriculado para acreditar una o más
    unidades curriculares en un Profesorado o Tecnicatura.
  2. Una o un estudiante podrá optar por cursar como itinerante, hasta el 30% de las unidades
    curriculares (UC) de la carrera. Queda exceptuado el Campo de la Práctica Docente y Prácticas
    Profesionalizantes. Cuando los diseños curriculares prescriban la cursada en simultáneo de
    dos o más unidades curriculares, éstas deberán cursarse en el mismo IS.
  3. La solicitud se realizará en el periodo de inscripción a la/s unidad/es curricular/es teniendo en
    cuenta las fechas dispuestas por el IS en el que aspira cursar.
  4. Será condición que la UC en la que solicita cursar corresponda al mismo plan de estudio o bien
    sea una UC con igual denominación, carga horaria y contenidos mínimos prescriptos que en el
    diseño de la carrera en la que se encuentra matriculada o matriculado la o el estudiante.
  5. El IS considerará como única variable para aceptar o rechazar la solicitud, el número de
    estudiantes matriculadas o matriculados en la UC en la que se solicita vacante.
  6. La cursada de unidades curriculares realizadas como estudiante itinerante, tendrá una validez
    de ocho turnos consecutivos a partir de la finalización de la cursada.
  7. La acreditación de la UC se deberá realizar en el IS donde cursa como itinerante.
  8. La opción de estudiante itinerante podrá realizarse en cualquier IS que forme parte del ámbito
    de aplicación de la presente resolución.
    Son responsabilidades de la o el estudiante
    ● Presentar ante la dirección del IS donde aspira a cursar el Formulario A: “Solicitud para
    cursar unidades curriculares como estudiante itinerante” junto con el certificado analítico
    parcial actualizado al momento de la solicitud.
    ● Notificar a la Dirección del IS donde se hallare matriculada/o la aceptación como estudiante
    itinerante en otro IS a través de la entrega del Formulario B: “Notificación IS en el que la/el
    estudiante se encuentra matriculada/o”
    ● Cumplir con las condiciones institucionales y de la propuesta pedagógica para la acreditación
    de la unidad curricular del IS en el que realiza la solicitud.
    ● Solicitar ante el IS donde cursa como estudiante itinerante el Formulario D: “Constancia de
    acreditación de unidad curricular como estudiante itinerante”
    ● Presentar ante el IS en el que se encuentra matriculada/o el Formulario D: “Constancia de
    acreditación de unidad curricular como estudiante itinerante”

FORMULARIO A

FORMULARIO B